LLas dos nuevas NIF,
corresponden a la Serie “C”, Normas aplicables a conceptos específicos
de los estados financieros. La NIF C-22, Criptomonedas, que
tiene por objetivo establecer las normas de valuación, presentación y
revelación de las inversiones en criptomonedas (para la compraventa de bienes
y/o servicios); así como de las cuentas por cobrar y cuentas por pagar
denominadas en criptomonedas; los gastos de minería erogados para obtener éstas
criptomonedas; y además las que no son propiedad de la entidad, pero que se
mantienen bajo su custodia. Es importante precisar que las Normas
Internacionales de Información Financiera (IFRS por sus siglas en inglés) que
promulga el International Accounting Standars Board (IASB), no cuentan con
disposiciones específicas al respecto, quedando un vacío normativo, por lo que
al emitir esta NIF, México es uno de los primeros países en contar con una
norma contable especializada en este tipo de operaciones.
Se publica la NIF C-17, Propiedades de Inversión, cuyo
objetivo es establecer las normas de valuación, presentación y revelación de
las propiedades de inversión en los estados financieros de las entidades. Es
importante precisar que las propiedades de inversión no deben confundirse con
el rubro de “Propiedades, Planta y Equipo” (Activo Fijo). Este tipo de
propiedades, pueden ser un terreno o un edificio (o parte de ellos), que
mantiene la entidad para obtener rentas o apreciación del capital a manera de
inversión, y no para su uso en la producción o suministro de bienes o
servicios, o bien, para fines administrativos; o su caso, para la venta en el
curso ordinario del negocio. Al emitir el CINIF esta nueva norma, se elimina la
supletoriedad de la Norma Internacional de Contabilidad (NIC) 40 del IASB,
establecida en la Circular 55, Aplicación supletoria de la NIC 40,
emitida por la Comisión de Principios de Contabilidad del Instituto Mexicano de
Contadores Públicos.
La nueva INIF 22, Reconocimiento del efecto esperado en las
relaciones de cobertura por los cambios previstos en las tasas de interés de
referencia, trata el tema de los efectos contables en las relaciones de
cobertura en un periodo anterior a aquel en que las tasas IBOR (Interbank
Offered Rate) sean reemplazadas por otra tasa de interés de referencia. Esta
interpretación no presenta otros temas que pueden surgir al eliminarse las
tasas de referencia actuales y surgir unas nuevas, afectando a diversos contratos
y a diversos instrumentos financieros.
Se emite la ONIF 4, Asuntos a considerar para la aplicación de
la NIF D-5, Arrendamientos, proporciona una guía sobre la determinación de
los impuestos diferidos resultantes de la implementación de la NIF D-5; además
de la determinación de la tasa de descuento para reconocer los pasivos por
arrendamiento, así como la revelación en los estados financieros de 2018 en la
aplicación de la NIF D-5 a partir del 1 de enero de 2019.
Por último, las NIF que tuvieron modificaciones, vía las Mejoras
a las NIF 2020. La NIF D-5, se modifica respecto a la tasa libre de riesgos
en pasivos por arrendamientos, el reconocimiento del interés devengado sobre el
pasivo por arrendamiento, y la separación de los componentes de un contrato de
arrendamiento. Las NIF D-3, Beneficios a los empleados y NIF D-4, Impuestos a
la utilidad, cambian en relación a los tratamientos fiscales inciertos en el
impuesto sobre la renta y la participación de los trabajadores en las
utilidades de las empresas. También se ajustaron las NIF C19, Instrumentos
Financieros por pagar y NIF C-20, Instrumentos financieros para cobrar
principal e interés, al explicar la tasa de interés variable en el costo
amortizado de instrumentos financieros. Otras NIF que tuvieron modificaciones
de orden menor para este año fueron: la NIF B-1, Cambios contables y
correcciones de errores, NIF B-8, Estados financieros consolidados o
combinados, NIF B-11, Disposición de activos de larga duración y operaciones
discontinuadas, NIF C-2, Inversión en instrumentos financieros, NIF C-3,
Cuentas por cobrar, NIF C-16, Deterioro de instrumentos financieros por cobrar
y NIF D-2. Costos por contratos con clientes. Se recomienda la revisión de las
normas citadas para conocer el detalle de cada mejora.
Aguilera Aguilera,
C. P. C. J. R., & González Sánchez, C. P. C. J. L. (2020). LO
NUEVO EN LA EDICIÓN 2020 DE LAS NIF. INSTITUTO MEXICANO DE CONTADORES PUBLICOS.
https://imcp.org.mx/lo-nuevo-en-la-edicion-2020-de-las-nif/
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