martes, 9 de febrero de 2021

¿La aplicación de las Normas de Información Financiera en los estados financieros es de carácter obligatorio o voluntario?

Esta situación genera incertidumbre en la clase empresarial respecto a quién es el principal responsable de promover la aplicación obligatoria de las NIF durante el proceso de elaboración de los estados financieros básicos (el balance general, el estado de resultados integral, el estado de variaciones en el capital contable, el estado de flujos de efectivo y las notas), de un ente económico. La respuesta obtenida a esta interrogante es múltiple:


[1] El Contador Público es el responsable en forma conjunta con la administración de elaborar los estados financieros.

[2] La administración de un ente económico (persona física o moral) es la responsable de verificar durante el análisis que hace de los estados financieros su utilidad y confiabilidad al rendirlos ante la H. Asamblea de Accionistas o al propietario, quienes los utilizan para tomar decisiones oportunas de tipo financiero.

[3] Los accionistas o propietarios de los entes públicos con fines lucrativos o de beneficencia social al exigirle a la administración que los estados financieros se encuentren elaborados con base en las normas contables aplicables, sobre los cuales ejecutarán acciones que repercutirán en forma directa en la operación de los entes económicos.

[4] Los organismos (colegios federados), que representan a la Contaduría Pública organizada en México, los cuales aglutinan a los Contadores Públicos que en forma voluntaria se registran como socios activos para capacitarse y para promover acciones en beneficio de sus agremiados y para los empresarios que integran los diversos sectores empresariales en México.

[5] Las instituciones educativas del sector público y privado, al considerar en sus programas de estudio aplicables a las diversas carreras que ofertan (licenciado en Contaduría Pública y en Administración de Empresas, entre otras), materias que incluyan el estudio y aplicación de las NIF durante el proceso de elaborar estados financieros de un ente económico.

[6] El Estado, el cual mediante la promulgación de leyes podrían “obligar” a que los responsables de elaborar los estados financieros de un ente económico a que se capaciten y apliquen las NIF integralmente a fin de que revelen en forma confiable la situación financiera a una fecha determinada.

En el caso de que el Estado fuera el emisor de las NIF es recomendable que se implementen incentivos de tipo económico u otro a fin de que los diversos sectores empresariales las usen en forma integral.

Los efectos de omitir las NIF cuando se elaboran estados financieros en cualquier país, y México no es la excepción, son diversos:

La información que reportan a las instituciones gubernamentales sobre el crecimiento económico de los sectores empresariales durante un periodo es imprecisa, debido a que se encuentra “maquillada” o alterada.
Los impuestos y contribuciones federales, estatales y municipales se calculan y liquidan “a modo”, debido a que algunos entes económicos manipulan las bases y eliminan transacciones económicas a fin de reducir la base fiscal y tener bases “razonables” para el pago de los “impuestos o contribuciones sociales justas”.
Al disminuir el pago de impuestos y de contribuciones de seguridad social.

C.P.C. Francisco Javier Zepeda Pelayo. (2015). Las NIF en México: Desconocimiento de su aplicación. 2015, de veritas Sitio web: https://veritasonline.com.mx/las-nif-en-mexico-desconocimiento-de-su-aplicacion/

 


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